[Todos] Fwd: [Agentes UNLP] Impuesto a las Ganancias Ajuste 2021 , Registro y Actualización de Deducciones.
Secretaría Departamental de Física
secre2 en fisica.unlp.edu.ar
Mie Feb 23 18:45:32 -03 2022
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Secretaría Departamental de Física
secre2 en fisica.unlp.edu.ar
Cecilia Cafiero / Alejandro Chiquino
Facultad de Ciencias Exactas
Universidad Nacional de La Plata
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-------- Mensaje original --------
ASUNTO:
[Agentes UNLP] Impuesto a las Ganancias Ajuste 2021 , Registro y
Actualización de Deducciones.
FECHA:
2022-02-23 14:56
REMITENTE:
departamento.tributario en presi.unlp.edu.ar
Registro y Actualización de Deducciones de Ganancias SiRADIG F572
Web. Ajuste 2021.
Último plazo 31/03/2022 para el cumplimiento de las obligaciones por
parte del empleado y el empleador.
El Departamento Tributario, a través de la Dirección de Liquidaciones,
informa que de acuerdo a la Resolución General Nº 4.003-E/2017, sus
modificatorias y complementarias, se estableció un régimen de
retención en el impuesto a las ganancias aplicable a las rentas
comprendidas en los incisos a), b), c) -excepto las correspondientes a
los consejeros de las sociedades cooperativas-, y e) del Artículo 79
de la ley del citado gravamen.
MOTIVO DE PRESENTACIÓN: SI TIENEN CARGAS DE FAMILIA O OTRAS
DEDUCCIONES Y LAS MISMAS NO FUERON PRESENTADAS DURANTE EL AÑO 2021, O
SI SE ENCUENTRAN EN UNA RELACIÓN DE PLURIEMPLEO, DEBERÁN PRESENTAR LOS
12 SUELDOS MÁS EL AGUINALDO DEL EMPLEO QUE NO SEA SU AGENTE DE
RETENCIÓN. EN CASO DE HABER TENIDO DESCUENTOS DE GANANCIAS EN DICHO
EMPLEO, LAS MISMAS DEBERÁN SER INFORMADAS PARA NO DUPLICAR EL PAGO DEL
IMPUESTO.
Los beneficiarios de rentas deberán informar anualmente al agente
pagador o empleador mediante el formulario de declaración jurada F572
Web, los datos relativos a las cargas de familia, otras remuneraciones
que puedan percibir y deducciones a computar, entre otros.
(Alquileres, Remuneración Externa, Servicio Doméstico, etc.).
http://www.afip.gob.ar/572Web/carga-datos/que-datos-cargar.asp
Aquellos que no han presentado el formulario F572 del periodo 2021,
no se tendrán en cuenta las deducciones personales.
La Administración Federal de Ingreso Públicos, dio plazo hasta el 31
de marzo del corriente para la presentación de dicho formulario por
parte de los beneficiarios y hasta el 30 de abril para que los
empleadores efectúen la liquidación anual del gravamen. Por
consiguiente, el primer día hábil de abril 2021 será leído dicho
formulario y el impuesto/devolución resultante se liquidará junto con
el sueldo de abril 2021 percibido los primeros días del mes de mayo.
Finalizada la liquidación estará a disposición Formulario Nº 1357 ( ex
formulario 649) desde el sitio https://recibos.unlp.edu.ar, que se
podrá descargar, en caso de necesitarlo.
En caso de no contar aún con el usuario en el Sistema de Acceso Único
de la UNLP, pueden tramitarlo en:
https://usuarios.unlp.edu.ar/solicitar-registro
Para Recuperar la Clave de usuario del Sistema de Acceso Único de UNLP
:
https://www.youtube.com/watch?v=pldyy0mIDro
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